domingo, 23 de octubre de 2011

Evolucion del concepto de derechos fundamentales en Colombia


La evolución del concepto de derechos fundamentales en Colombia se evidencia claramente desde la promulgación de la constitución Política de 1991, el origen se encuentra en la Teoría Transnacional del Derecho solo desde finales de la primera mitad de siglo XX, la Grundgezetz en la República de Alemania Federal de 1949 marco el hito al reconocer como derechos radicados en cada ser humano, que son preexistentes al estado, y que son reconocidos por la constitución de manera definitiva siendo inmodificables (bajo normas pétreas).

Sin embargo, aunque la influencia se trata de llevar según muchos doctrinantes locales directamente al constitucionalismo alemán, algunos antecedentes históricos en previas cartas constitucionales tuvieron influencia más directa, dentro de los modelos de constitución se tomaron las constituciones o reformas constitucionales de postguerra, especialmente importante para Colombia fue la influencia del constitucionalismo español e italiano.

En este orden se evolucionó la interpretación local de los derechos fundamentales desde una perspectiva de estado social de derecho, con un catálogo amplio incluyendo la primera generación de derechos humanos, al cual por vía jurisprudencial se adhirieron por medio de la teoría de la conexidad de derechos, los derechos económicos, sociales y culturales, cuando estén en conexidad con un derecho fundamental, además por esta misma vía se le dio reconocimiento de derecho fundamental los derechos económicos, sociales y culturales los niños y de las mujeres en estado de embarazo, dado que el estado les reconoce una especial protección.

Los derechos fundamentales formalmente comprenden desde el artículo 11 hasta el artículo 44 de la constitución política de 1991.

Junto con el concepto de derechos fundamentales se implementó la Acción de Tutela para defender y proteger los derechos fundamentales frete a violaciones o peligros inminentes de violación de los mismos. Sobre estas acciones de amparo la jurisprudencia colombiana ha presentado una evolución constante y crisis sistémicas respecto a las competencias de los funcionarios que las deciden y alcances del mismo respecto frente a la seguridad jurídica.






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